El Tribunal Supremo y la responsabilidad penal de las empresas

¿Puede una empresa ser condenada penalmente simplemente porque uno de sus directivos cometa un delito? En su Sentencia 768/2025, de 25 de septiembre, Tribunal Supremo insiste en una idea fundamental de nuestro sistema de responsabilidad penal corporativa: la condena de una persona jurídica exige acreditar un auténtico defecto organizativo, no siendo suficiente demostrar que una persona física actuó en beneficio de la empresa. La sentencia refuerza una doctrina cada vez más consolidada: (i) la responsabilidad de la empresa es por hecho propio; (ii) no existe responsabilidad automática o vicarial; (iii) no cabe presumir la existencia de fallos de control; (iv) debe acreditarse un incumplimiento grave de los deberes de supervisión y vigilancia. Disponer de un modelo de compliance eficaz es un elemento esencial de protección jurídica para la empresa y el empresario.

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